Consentimiento y datos biométricos: su papel como organizador

Updated 23 de julio de 2026

Contenido en proceso de validación legal. Esta página describe el funcionamiento técnico de la plataforma. No constituye asesoramiento jurídico y no sustituye el análisis de un asesor local en su país.

Screenshot of the SHAREFT interface

Lo que asume la plataforma

  • Una pantalla de consentimiento explícita y bloqueante antes de cualquier envío de selfie: sin la casilla marcada, no se puede hacer ninguna búsqueda.
  • La eliminación automática del selfie justo después de la búsqueda.
  • Que nunca se muestran datos biométricos en bruto ni puntajes.
  • Una página pública dedicada que explica el tratamiento, accesible desde cada página de evento.

Lo que le corresponde a usted, como organizador

  • Informar a sus participantes, en la invitación o el reglamento, de que habrá un servicio de fotos con búsqueda por reconocimiento facial.
  • Prever una alternativa para quien no quiera: la galería abierta o la entrega directa por parte del fotógrafo.
  • Comprobar sus propias obligaciones si es una empresa o una administración sujeta a una normativa sectorial.
  • El caso de los menores: la pantalla pide declarar que se es mayor de edad, pero no lo verifica. Si a su evento asisten menores, trate este punto de antemano con su fotógrafo y su asesor.

Para el detalle del tratamiento, consulte la página «Datos biométricos y reconocimiento facial», accesible desde el pie de página.

Atención: Si su evento se celebra en un país cuya normativa exige alojar los datos biométricos localmente, avísenos: existe una configuración adaptada, pero hay que decidirla antes del evento.

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